jueves, 10 de noviembre de 2011

CONTRA LA CORRUPCION

Lamentablemente cada tanto, llegan a la opinión pública, comentarios a probarse, sobre delitos producidos por funcionarios que ejercen cargos públicos. Mal manejo de fondos, comisiones, prebendas, gastos, contrabandos, malversaciones, concesiones, discrecionalidad, etc.etc. Son hechos que lastiman no sólo al erario público con escandalosos negociados, sino también a lo que hace a la fe republicana y a la creencia en la bondad de nuestras propias instituciones. Los castigos por tales hechos delictuales, prácticamente no existen, los juicios se hacen eternos y los procesados invariablemente, son absueltos por falta de pruebas o por prescripción de la acción penal. 

¿Qué hacer entonces para que todos estos individuos conlleven el merecido castigo y se logre un resarcimiento material efectivo? ¿Sus delitos en el desempeño de sus funciones, pueden considerarse como imprescriptibles? ¿Porqué no ha de ser así, si de considerar a ciertas actividades delictuales como delitos de lesa majestad, se pasó a delitos de lesa humanidad y nadie objetó nada?
No puede ser que cualquier funcionario, elegido o no por votación ciudadana, al dejar sus cargos, arregle cualquier desacierto, negligencia o delito en el desempeño de sus funciones, dando una conferencia de prensa, una entrevista o publicando un libro. Y listo, se va tranquilo a su casa. Y si se desempeñó en Economía, posee un bill de indemnidad, proporcionado por el capital internacional, para hacer valer ante sus propios compatriotas e incluso en el extranjero, donde nunca será molestado. 

No es posible. ¡No es posible que los que destruyen al país desde su misma entraña, continúen mirando alrededor de ellos con sonrisa socarrona y disfrutando de las prebendas y comisiones que lograron en su desempeño “oficial”! Y no son sólo los funcionarios ejecutivos que disponen a su arbitrio de los dineros públicos, sino también aquellos que por acción (poder legislativo) u omisión (poder judicial) han permitido llegar a este estado de cosas, donde prácticamente el manejo de los fondos del estado, se hace de manera discrecional. Con lo que se logra además comprar voluntades y lograr adhesiones. 

Surge así como necesario para cada uno de los más importantes funcionarios públicos, un JUICIO DE RESIDENCIA al terminar sus actividades, como se hacía en la época virreynal. El ex funcionario no podía abandonar el país, hasta que se demuestre si se enriqueció o no y de qué manera, por y en el desempeño que tuviera del cargo público o si permitió el enriquecimiento de cualquier tercero o allegado. Y si por su claudicación, delitos, impericia o negligencia, se perjudicó de alguna manera el patrimonio nacional. 

Será fundamental establecer el procedimiento para saber el dinero o los valores que se llevaron al extranjero y el que pudieran haber dejado aquí, en manos de testaferros y no solamente en el baño de la oficina. Pero hacerlo todo con intervención de la Justicia, para posibilitar su recupero y que no haya objeciones de ningún tipo al procedimiento. Los bienes mal habidos o aquellos de los que no se justifique su origen, con su producido o lo que se logre recuperar, serán reintegrados al erario público y los responsables deberán en todos los casos, responder igualmente con sus personas. No es fácil. 

Parece una utopía. Pero no podemos quedarnos con los brazos cruzados, asistiendo al enriquecimiento desmedido de aquellos que ejercen la función pública, en desmedro no sólo de nuestros ideales, sino del propio patrimonio de la república.

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